[OKFN-Spain] [Junta_okfn_spain] Fwd: [Pro Acceso] Organizaciones de la sociedad civil rechazan la ley de transparencia

Cesar Garcia Saez cesargarciasaez en gmail.com
Sab Nov 30 09:54:24 UTC 2013


Totalmente de acuerdo en este aspecto Antonio, aunque sigo entendiendo que
el objetivo de fondo es dotar de más personal para la tramitación de
peticiones.

Si el titular de un fichero es el responsable de seguridad o un jefe de
servicio, probablemente no sea la persona que tramite las peticiones
personalmente pero quizás si que debería ser el responsable de conseguir
más gente para que se tramitaran adecuadamente.

Saludos
César
El 29/11/2013 18:49, "Antonio Ibañez Pascual" <IbaPasAn en jcyl.es> escribió:

> Sin ser un experto en LOPD ni mucho menos, no creo que el responsable de
> información para gestionar las solicitudes deba ser la misma figura que los
> responsables de ficheros de seguridad de datos o responsables de seguridad.
> Disculpad si mi interpretación pueda ser errónea.
>
> Un saludo,
>
> Antonio
>
> El 29/11/2013, a las 18:29, "Cesar Garcia Saez" <cesargarciasaez en gmail.com
> <mailto:cesargarciasaez en gmail.com>> escribió:
>
>
> En esta misma línea y por la parte que me toca, comento. El punto 5 indica:
>
> Cinco. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.
>
> Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes de
> información. Asimismo cada entidad pública y privada obligada por la ley de
> acceso a la información tendrá que designar uno o más funcionarios como
> Responsables de Información. El Responsable de Información recibirá y
> gestionará las solicitudes, ayudará a los solicitantes en sus búsquedas de
> información, y promoverá el conocimiento del derecho de acceso a la
> información dentro de su institución.
>
> Entiendo yo que lo que se está pidiendo puede dividirse en tres partes:
>
> -Los funcionarios deban ayudar a los solicitantes
>
> -Se debe designar a un responsable de la información
>
> -Se debe asignar una o más personas para facilitar el acceso
>
> En base a estos tres puntos, coincido con la visión de Estefanía.
> Reformularía este punto como:
>
> La administración tiene la obligación de ayudar a los solicitantes,
> dedicando los recursos humanos y materiales suficientes para la dar
> respuesta a los solicitantes en tiempo y forma.
>
> ¿Por qué no me cuadran los dos primeros puntos? Pues basicamente porque ya
> están contemplados en la ley (y funcionan como funcionan). El primer punto
> está regulado en el artículo 54 del Estatuto Basíco del Empleado Público<
> http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-7788> y el segundo, casi
> con total seguridad en la LOPD.
>
> Al delegar en el funcionario y no en la administración la obligación se
> individualiza el problema, cuando buena parte de los retrasos o
> denegaciones pueden venir dadas por las propias estructuras burocráticas o
> por cargos políticos o laborales (que no son funcionarios).
>
> Nota final: ¿Por qué se ha elegido los funcionarios en lugar de los
> empleados públicos, la administración o la función pública?
>
>
> Saludos
>
> César
>
>
>
>
> 2013/11/29 Estefania Serrano <estefans en unizar.es<mailto:estefans en unizar.es
> >>
> Buenos días,
> Estoy de acuerdo con la nota de prensa pero permitidme que comente algo de
> los 10 principios de la coalicción pro acceso.
>
> Estoy de acuerdo en el fondo de todos ellos y me parecen importantes pero
> este punto:
>
> 5. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes
>
> No sé si está correctamente redactado. Podría interpretarse como que son
> los funcionarios quienes se niegan cuando sería la administración o la
> función pública, ¿no os parece?
>
> O quizás sí está correcto y es eso lo que pretende decir.
>
> Muchas gracias!
>
>
> On 29/11/2013 9:59, Javier Creus wrote:
> +1
>
>
> El 29 de noviembre de 2013 09:36, Guzmán Garmendia <
> guzman.garmendia en gmail.com<mailto:guzman.garmendia en gmail.com>> escribió:
> A mi me parece correcto.
>
>
> 2013/11/28 roberto santos <roberto.santossantos en gmail.com<mailto:
> roberto.santossantos en gmail.com>>
> Hola
>
> Creo que deberiamos difundir esta nota de prensa y seguir creando la
> visión de que; a pesar de que la ley está muy por debajo de los estándares
> internacionales y de no desarrollar el derecho fundamental a conocer la
> actividad pública amparado por nuestra constitución, el que quiere
> realmente ser transparenete lo es, y el que no, no es porque nadie se lo
> impida si no por que voluntariamente ha decidio ocultar información y
> esconderse del control ciudadano.
>
>
> Abrazaos
> PD Copio a la Junta Directiva para que haga un comunicado,,,si lo cree
> conveniente.
>
>
> ---------- Mensaje reenviado ----------
> De: Helen Darbishire <helen en access-info.org<mailto:helen en access-info.org>>
> Fecha: 28 de noviembre de 2013 20:09
> Asunto: [Pro Acceso] Organizaciones de la sociedad civil rechazan la ley
> de transparencia
> Para: ProAcceso <coalicion en lists.proacceso.net<mailto:
> coalicion en lists.proacceso.net>>
>
>
> [cid:]
> La Coalición Pro Acceso rechaza la ley de transparencia por no estar en
> línea con los estándares internacionales
>
> Madrid, 28 de noviembre de 2013 – El Congreso de los Diputados ha aprobado
> hoy la primera Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen
> Gobierno<
> http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-19-8.PDF>
> en España. La Coalición Pro Acceso lamenta que el texto final sea
> insuficiente ya que en él se encuentran graves carencias y contradicciones,
> por lo que la ley nace obsoleta y queda muy lejos de los estándares
> internacionales.
>
> La Coalición Pro Acceso<http://www.proacceso.org/>, formada por 68
> organizaciones, lleva desde el año 2006 solicitando la aprobación de una
> ley de transparencia en España y poniendo su conocimiento y experiencia en
> esta materia a la disposición de distintos gobiernos europeos y fuerzas
> políticas. A nuestro juicio la norma que se ha aprobado no cumple con los
> 10 Principios de la Coalición Pro Acceso<
> http://www.proacceso.org/los-diez-principios/> y, entre otros errores
> señalamos que:
>
> - No reconoce el derecho de acceso a la información como un derecho
> fundamental, tal y como ocurre a nivel internacional.
> - No afecta a todos los poderes del Estado.
> - Excluye muchos tipos de información pública.
> - Al establecer el silencio negativo, algo excepcional en el derecho
> administrativo español, fomenta la inactividad administrativa ante las
> solicitudes de información.
> - Crea un organismo de revisión que no es independiente y que no tiene
> poder vinculante.
> - No establece ninguna sanción relevante por ocultar la información.
>
> “Es verdaderamente una pena que España siendo el país número 96 en aprobar
> una ley de transparencia no solo no haya adoptado los principios más
> vanguardistas sino que ha dejado fuera principios muy básicos” comentaba
> Helen Darbishire, directora de Access Info Europe.
>
> “La Ley presenta graves deficiencias. Sin un órgano de supervisión
> independiente el ejercicio del derecho a la información queda supeditado a
> la discrecionalidad de la Administración", lamenta Javier Pérez Director
> del CIECODE.
>
> “No se reconoce el derecho de acceso a la información cuando la
> Administración no responde a las solicitudes formuladas por los ciudadanos,
> al establecerse un silencio administrativo de carácter negativo”, ha
> afirmado Jacinto Lara Bonilla, Presidente de la Asociación Pro Derechos
> Humanos de España.
>
> La Coalición Pro Acceso queda atenta a la implementación de la ley de
> transparencia y espera que sea rápida, a pesar de que la ley indica que
> entrará en vigor en un año a nivel estatal y dos a nivel autonómico.
> Confiamos que la transparencia proactiva sea una realidad inmediata y que
> en breve se contesten a las solicitudes de información de las personas.
>
> Desde este momento la Coalición Pro Acceso seguirá trabajando para que la
> transparencia de los poderes públicos, los sujetos con funciones públicas o
> quienes gestionen fondos públicos sea una realidad y que los ciudadanos
> obtengan satisfacción a sus demandas de información.
>
> Para más información contactar con:
>
> Helen Darbishire, Directora de Access Info Europe
> email: helen en access-info.org<mailto:helen en access-info.org>
> tel: + 34 667 685 319<tel:%2B%2034%20667%20685%20319>
>
> Victoria Anderica, Responsable de Campañas de Access Info Europe
> email: victoria en access-info.org <mailto:victoria en access-info.org>
> tel: +34 606 59 29 76<tel:%2B34%20606%2059%2029%2076>
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