[OKFN-Spain] Open Standards Principles
Alberto Barrionuevo
abarrio en opentia.es
Jue Nov 1 20:06:11 UTC 2012
El 01/11/12 16:23, Ivan F. Villanueva B. escribió:
> * Javier de la Cueva<jdelacueva en gmail.com> [2012-11-01 15:06]:
>> > http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Open-Standards-Principles-FINAL.pdf
>> > This policy becomes active on 1 November 2012. From this date government
>> > bodies must adhere to the Open Standards Principles - for software
>> > interoperability, data and document formats in government IT specifications.
> El problema es siempre cómo se define en el texto concreto 'Open Standars'
>
> El siguiente texto pone de manifiesto los problemas:
> http://www.digistan.org/open-standard:definition
La parte más controvertida de los estándares abiertos en software son
las patentes (de software). [1]
Bien, pues cualquier normativa sobre "estándares abiertos" que no recoja
ninguna de las palabras (en inglés): "patent", "IPR", "intellectual
property", "FRAND", "RAND", "RF", "Royalty-Free",... es un canto de
sirenas y buenas intenciones, pero poco más, porque no se moja lo más
mínimo en trazar la línea que delimite lo que es y lo que no es un
estándar abierto.
En este caso los británicos sí se mojan en este aspecto en otro
documento también liberado hoy. Y en él exigen unas condiciones para
considerar un estándar como abierto que son bastante correctas:
Rights essential to implementation of the standard, and
for interfacing with other implementations which have
adopted that same standard, are licensed on a royalty free
basis that is compatible with both open source [definición
según OSI], and proprietary licensed solutions.
These rights should be irrevocable unless there is a
breach of license conditions.
Página 27:
http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Open-Standards-Principles.pdf
De todas formas, en legislación siempre prima el rango de cada
normativa, así que aconsejo leer nuestra Ley 11/2007 y su desarrollo el
Esquema Nacional de Interoperabilidad, que sin ser ni mucho menos
perfectos, al menos en términos de propiedad industrial/intelectual
están más avanzados y completos que el británico, que es de nivel ejecutivo.
Por cierto, da envidia la transparencia que están siguiendo en el
proceso. Aquí la lista de "lobbistas" que han participado:
http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Annex-1-Repondents-List.pdf
[1] Para quienes tengan interés en hacerse una idea rápida de dónde está
el dinero en esto de los estándares técnicos y, por ende, en los falsos
estándares abiertos, comparto esta presentación que impartí hace unos
años en un foro de abogados de patentes:
"Open Standards and Software Patents - Market Circles" - Prague, 2009
http://www.opentia.es/index.php/es/biblioteca/ponencias/33-ponencias-y-conferencias/1-open-standards-and-software-patents.html
Saludos,
--
Alberto Barrionuevo, Director
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