[OKFN-Spain] Open Standards Principles

Alberto Barrionuevo abarrio en opentia.es
Jue Nov 1 20:32:57 UTC 2012


El 01/11/12 16:23, Ivan F. Villanueva B. escribió:
> * Javier de la Cueva<jdelacueva en gmail.com>  [2012-11-01 15:06]:
>> http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Open-Standards-Principles-FINAL.pdf
>> This policy becomes active on 1 November 2012. From this date government
>> bodies  must adhere to the Open Standards Principles - for software
>> interoperability, data and document formats in government IT specifications.
>
> El problema es siempre cómo se define en el texto concreto 'Open Standars'
>
> El siguiente texto pone de manifiesto los problemas:
> http://www.digistan.org/open-standard:definition
>
La parte más controvertida de los estándares abiertos en software son 
las patentes (de software). [1]

Bien, pues cualquier normativa sobre "estándares abiertos" que no recoja 
ninguna de las palabras (en inglés): "patent", "IPR", "intellectual 
property", "FRAND", "RAND", "RF", "Royalty-Free",... es un canto de 
sirenas y buenas intenciones, pero poco más, porque no se moja lo más 
mínimo en trazar la línea que delimite lo que es y lo que no es un 
estándar abierto.

En este caso los británicos sí se mojan en este aspecto en otro 
documento paralelo también liberado hoy. En él exigen unas condiciones 
de licenciamiento para considerar un estándar como abierto que son 
bastante correctas según mi opinión:

     Rights essential to implementation of the standard, and
     for interfacing with other implementations which have
     adopted that same standard, are licensed on a royalty free
     basis that is compatible with both open source [definición
     según OSI], and proprietary licensed solutions.
     These rights should be irrevocable unless there is a
     breach of license conditions.

Página 27:
http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Open-Standards-Principles.pdf

De todas formas, en legislación siempre prima el rango de cada 
normativa, así que aconsejo leer nuestra Ley 11/2007 y su desarrollo el 
Esquema Nacional de Interoperabilidad, que sin ser ni mucho menos 
perfectos, al menos en términos de propiedad industrial/intelectual 
están más avanzados y completos que el británico, que es de nivel ejecutivo.

Por cierto, da envidia la transparencia que están siguiendo en el 
proceso. Aquí la lista de "lobbistas" que han participado:
http://www.cabinetoffice.gov.uk/sites/default/files/resources/Annex-1-Repondents-List.pdf

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[1] Para quienes tengan interés en hacerse una idea rápida de dónde está 
el dinero en esto de los estándares técnicos y, por ende, en los falsos 
estándares abiertos, comparto esta presentación que impartí hace unos 
años en un foro de abogados de patentes:
"Open Standards and Software Patents - Market Circles" - Prague, 2009
http://www.opentia.es/index.php/es/biblioteca/ponencias/33-ponencias-y-conferencias/1-open-standards-and-software-patents.html
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Saludos,
-- 
Alberto Barrionuevo, Director
Grupo OPENTIA
OpenERP Partners
T (+34) 918 38 38 58
F (+34) 944 34 00 77

            OPENTIA
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         www.opentia.com




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