[OKFN-Spain] Proyecto de nueva Ley de Patentes
José Félix Ontañon
fontanon en emergya.com
Mie Mar 4 22:57:35 UTC 2015
No lo es, me comprometo a hacerlo si OS vale algo parecido a lo que hicimos
aquí con la Ley de Transparencia de Andalucia:
http://openkratio.org/que-hicieron-los-politicos-con-la-ley-de-transparencia-de-andalucia/
El 04/03/2015 23:51, "Alberto Barrionuevo" <abarrio en opentia.es> escribió:
> Por cierto, tal y como vamos de plazos y yo de disponibilidad, me
> ahorraría muchísimo tiempo que alguien me comparara los párrafos de la ley
> 11/1986 de Patentes con los del actual Proyecto de Ley de Patentes.
>
> Una estructura de dos columnas enfrentadas en las páginas de un documento
> de texto con los cambios marcados tal y como ha hecho Roberto con el punto
> 5 del Artículo 4. Una columna con la Ley actual y otra con el proyecto de
> Ley.
>
> No sé si es pedir mucho. O:-)
>
> Disculpad,
> //A.
>
>
> On 04/03/15 23:21, roberto santos wrote:
>
>> el link
>>
>> http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?
>> CMD=VERLST&BASE=pu10&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-
>> 10-A-122-1.CODI.%29#(Página1)
>> <http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu10&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-10-A-122-1.CODI.%29#(P%C3%A1gina1)>
>> <http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/
>> PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu10&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%
>> 28BOCG-10-A-122-1.CODI.%29#(P%C3%A1gina1)>
>>
>>
>> El 4 de marzo de 2015, 23:20, roberto santos
>> <roberto.santossantos en gmail.com <mailto:roberto.santossantos en gmail.com>>
>> escribió:
>>
>> Dale, solo habría elinar lo rojo
>>
>>
>> Artículo 4. Invenciones patentables.
>>
>> 1. Son patentables, en todos los campos de la tecnología, las
>> invenciones que sean nuevas, impliquen actividad inventiva y sean
>> susceptibles de aplicación industrial.
>>
>> Las invenciones a que se refiere el párrafo anterior podrán tener
>> por objeto un producto compuesto de materia biológica o que contenga
>> materia biológica, o un procedimiento mediante el cual se produzca,
>> transforme o utilice materia biológica.
>>
>> 2. La materia biológica aislada de su entorno natural o producida
>> por medio de un procedimiento técnico podrá ser objeto de una
>> invención, aun cuando ya exista anteriormente en estado natural.
>>
>> 3. A los efectos de la presente Ley, se entenderá por "materia
>> biológica" la materia que contenga información genética
>> autorreproducible o reproducible en un sistema biológico y por
>> "procedimiento microbiológico" cualquier procedimiento que utilice
>> una materia microbiológica, que incluya una intervención sobre la
>> misma o que produzca una materia microbiológica.
>>
>> 4. No se considerarán invenciones en el sentido de los apartados
>> anteriores, en particular:
>>
>> a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos
>> matemáticos.
>>
>> b) Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación
>> estética, así como las obras científicas.
>>
>> c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades
>> intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales,
>> así como los programas de ordenadores.
>>
>> d) Las formas de presentar informaciones.
>>
>> 5. Lo dispuesto en el apartado anterior excluye la patentabilidad de
>> las materias o actividades mencionadas en el mismo solamente en la
>> medida en que la solicitud de patente o la patente se refiera
>> exclusivamente a una de ellas considerada como tal.
>>
>> El 4 de marzo de 2015, 22:40, Ismael Olea <ismael en olea.org
>> <mailto:ismael en olea.org>> escribió:
>>
>>
>> 2015-03-04 22:35 GMT+01:00 Fernando Acero Martín
>> <facemar en gmail.com <mailto:facemar en gmail.com>>:
>>
>>
>> Lo único que queda es montar mucho ruido con el tema del
>> "as-such" de
>> aquí al martes
>>
>>
>> sé que Barrapunto no es lo que era pero podemos publicar cosas
>> en portada sin problema.
>>
>> también podemos pedir ayuda a la EFF, por lo menos para molestar
>> por ahí.
>>
>>
>>
>> --
>>
>> Ismael Olea
>>
>> http://olea.org/diario/
>>
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>>
>>
>>
>>
>> --
>> Saludos
>>
>> twitter: @RobertoSantosX2
>>
>> ¡¡Ñu!!
>> -
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